La salud, sistema de salud, seguro social
para emigrantes residentes:
El emigrante residente autorizado a trabajar por
el Servicio de Inmigración, obtiene la tarjeta
del seguro social y cuyo número le permitirá
contratar cualquiera de los planes de atención
de salud privados HMO, PPO, EPO o POS y acceder
a los beneficios de la seguridad social que
incluyen gastos de asistencia social,
prestaciones por desempleo y asistencia médica
gratuita para mayores de 65 años en el MEDICARE.
La atención de la salud en los Estados Unidos,
no es una necesidad publica a ser atendida por
el Gobierno, sino un derecho individual de cada
ciudadano o emigrante residente en la medida que
lo pague por los altos costos que implica,
debido a la alta calidad del cuidado medico
otorgado por los seguros médicos privados en
otras palabras la atención de la salud
corresponde a la empresa privada.
Para la asistencia médica gratuita solo existen
dos opciones, el MEDICARE, que está dirigido a
adultos mayores de 65 años que en su vida
laboral aportaron a la seguridad social
americana y el MEDICAID que está dirigido a
personas en pobreza extrema.
No es obligación de los ciudadanos americanos y
emigrantes residentes contar con un seguro
privado de salud, pero sin embargo todo
trabajador que tenga un contrato de más de 32
horas debe tener una Póliza de seguro de salud.
El seguro medico de salud tiene un costo mensual
que debe de pagar el trabajador durante el
tiempo que lo quisiera tener a un operador
privado. Además este seguro está disponible
hasta un monto previamente contratado, así como
para coberturas y tratamientos previamente
definidos. Anualmente permite chequeos médicos y
revisiones medicas al oftalmólogo, ginecólogo y
odontólogo o dentista. Son cobertura dos los
familiares directos (esposa e hijos).
Los principales planes de atención de la salud
son: el Health Maintenance Organization (HMO),
el Preferred Provider Organization (PPO) y el
Exclusive Provider Organization (EPO), cada uno
con sus características propias:
• Health Maintenance Organization (HMO) conocido
también como Organización de Mantenimiento de la
Salud su prestación consiste en elegir un médico
de cabecera de una lista de proveedores y este a
su vez puede transferirlo hacia un médico
especialista dentro de la red.
• Preferred Provider Organization (PPO) conocido
también como Organizaciones de Proveedores
Preferidos, permite acceder a los servicios de
médicos y hospitales pertenecientes a esta “red”
ofreciendo descuentos en la atención del
asegurado. Reconoce cuidados y pagos fuera de la
“red”.
• Exclusive Provider Organization (EPO) conocido
también como Organizaciones de Proveedores
Exclusivos, permite lo mismo que PPO pero con
mayores descuentos. No reconoce atenciones ni
pagos por fuera del sistema.
Existen otros sistemas como el Point of Service
(POS) o Punto de Servicio, que es una
combinación de HMO y PPO, es decir puede elegir
un médico de cabecera y salirse de la “red”,
pero solo reconocerá los pagos si el médico de
cabecera los ha transferido fuera de la red.
Para participar de los beneficios de la
seguridad social, los emigrantes requieren
previamente estar autorizado para trabajar en
territorio norteamericano por el Servicio de
Inmigración, lo que les permitirá que se les
otorgue una Tarjeta de Seguros social cuyo
número servirá para identificación, acceso al
empleo y trámites diversos.
Todo trabajador norteamericano en alguna etapa
de su vida accede a beneficios de la seguridad
social. La responsable de su administración es
la Social Security Administration (SSA).
La seguridad social cobertura a los
discapacitados, jubilados y a los beneficiarios
de los titulares y los beneficios que otorga
corresponden a gastos de asistencia social,
prestaciones por desempleo y la asistencia
médica gratuita conocida como MEDICARE.
Si eres trabajador dependiente el 7.65% de tu
salario es descontado para pagar el derecho a la
seguridad social y al seguro medico del estado
(MEDICARE), aportando tu empleador porcentaje
similar. Si eres trabajador independiente o
trabajas por tu cuenta los dos porcentajes los
asumes.
Resumiendo el emigrante residente si está
autorizado a trabajar, tiene su número de
seguridad social, lo cual a su vez le permitirá
acceder a cualquiera de los planes de salud
existentes y a los beneficios de la seguridad
social.
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